“Ahora corresponde la formalización”: Fiscalía valora confirmación del desafuero de Lavín y defensa destaca exclusión del delito tributario tras fallo de la Suprema - La Tercera
El máximo tribunal ratificó que el diputado exmilitante de la UDI, podrá ser investigado penalmente, mientras que el Ministerio Público y el abogado Cristóbal Bonacic entregaron visiones contrapuestas sobre el alcance de la decisión y los pasos que siguen en la causa.
Pasadas las 18 horas de este lunes, el Pleno de la Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió el desafuero del diputado Joaquín Lavín León por los delitos de fraude al Fisco, tráfico de influencias y falsificación y uso malicioso de instrumento privado mercantil.
La decisión fue adoptada de manera unánime en lo referente a los delitos de fraude al Fisco y tráfico de influencias y, al mismo tiempo, rechazó -en votación dividida- la imputación por delitos tributarios del Servicio de Impuestos Internos (SII) como querellante, revocando en ese punto el fallo previo de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Tras conocerse la resolución, tanto el Ministerio Público como la defensa del parlamentario abordaron el alcance del fallo y el curso que tomará la investigación penal una vez que el desafuero quede firme y ejecutoriado.
“Estamos muy satisfechos”
Al respecto, el jefe de la Unidad Anticorrupción del Ministerio Público, Eugenio Campos, señaló que el ente persecutor quedó conforme con la decisión del máximo tribunal, destacando que todos los delitos por los cuales el Ministerio Público recurrió fueron confirmados.
“Estamos muy satisfechos con lo obrado el día de hoy a través del pleno de la excelentísima Corte Suprema. Todos y cada uno de los delitos por los cuales el Ministerio Público recurrió, entiéndase fraude al Fisco, uso y falsificación de instrumento privado mercantil y tráfico de influencias, fueron efectivamente confirmados en unanimidad”, afirmó.
Campos explicó que la resolución habilita a la Fiscalía para continuar el procedimiento penal, indicando que el siguiente paso será solicitar la audiencia de formalización.
“Ahora corresponde que el Ministerio Público solicite la audiencia de formalización respectiva, y este antecedente nos permite, cuando se produzca esa audiencia, poder pedir medidas cautelares”, precisó.
El persecutor también entregó detalles sobre la gravedad de los hechos investigados.
“Estamos hablando de alta corrupción, de fraude al Fisco respecto de asignaciones parlamentarias por un monto superior a 104 millones de pesos, con facturas que fueron presentadas a cobro al Congreso Nacional y que fueron pagadas”, sostuvo.
Respecto del delito tributario descartado por la Suprema, Campos aclaró que se trata de una acción penal distinta. “Es un delito de acción penal de instancia particular, que depende del Servicio de Impuestos Internos, y será ese organismo el que deberá analizar cómo procede”, indicó.
“El fallo es muy satisfactorio para esta defensa”
Desde la defensa del parlamentario, el abogado Cristóbal Bonacic calificó la resolución como favorable en aspectos relevantes.
“El fallo para esta defensa es muy satisfactorio, primero porque se excluyó el delito tributario, una acción presentada por el SII a último minuto”, sostuvo.
En relación con los delitos respecto de los cuales se mantuvo el desafuero, Bonacic cuestionó el estado de la investigación.
Consultado por una imputación relacionada con el uso de bases de datos y una aplicación tecnológica, Bonacic señaló que la acusación “resulta artificial”, argumentando que la información cuestionada habría sido recibida en 2016, mientras que la aplicación mencionada se habría creado dos años después.
Finalmente, el defensor enfatizó que el desafuero no implica aceptación de responsabilidad penal.
“La solicitud de desafuero no implica aceptar responsabilidad ni es suficiente para la imposición de medidas cautelares. Solo establece si existen antecedentes mínimos que justifiquen una investigación”, subrayó.
Contexto judicial y político del caso
La solicitud de desafuero fue presentada el 27 de junio de 2025 por la Fiscalía Metropolitana Oriente, por cuatro ilícitos. El 16 de octubre del mismo año, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la petición, decisión que ahora fue confirmada parcialmente por la Corte Suprema.
En la causa figuran como querellantes el SII, el Consejo de Defensa del Estado y la Municipalidad de Maipú.
Con el desafuero firme, el Ministerio Público queda en condiciones de formalizar la investigación y eventualmente solicitar medidas cautelares, mientras se espera la redacción y notificación del fallo íntegro de la Corte Suprema en los próximos días.
El parlamentario, exmilitante de la Unión Demócrata Independiente, concluirá su tercer período legislativo el 11 de marzo, fecha en la que abandonará el Congreso. Mientras tanto, al quedar privado de su inmunidad, no podrá votar ni participar en sesiones de Sala o comisiones durante los últimos días del actual período legislativo.